Facturas que recibís: el plazo de 8 días hábiles para aceptarlas o rechazarlas

Cuándo vence el plazo para confirmar las facturas electrónicas de tus compras, qué pasa si no respondés y qué revisar antes de declarar el IVA.

Por Xiomara Ocón Sánchez · Contadora Pública Autorizada N.º 6592

Publicado el

Cada factura electrónica que te emite un proveedor tiene que ser confirmada o rechazada por vos ante Hacienda. El plazo es de 8 días hábiles contados desde el primer día del mes siguiente a la compra. Lo dice el artículo 10 de la resolución MH-DGT-RES-0027-2024, la que regula los comprobantes electrónicos vigentes.

Es un trámite chico que se olvida fácil, y tiene efecto directo en tu declaración de IVA.

Cómo se cuenta el plazo

El plazo no corre desde el día de la factura, sino desde el primer día del mes siguiente. Y son días hábiles: no cuentan sábados, domingos ni feriados.

Por ejemplo, todas las compras que hiciste en octubre se confirman dentro de los primeros 8 días hábiles de noviembre, sin importar si la factura es del 2 o del 30 de octubre.

Las tres respuestas posibles

  • Aceptación total: la factura está bien y la registrás completa.
  • Aceptación parcial: una parte no corresponde (un monto, un artículo que no llegó). El proveedor tiene que emitir una nota de crédito por la diferencia.
  • Rechazo: la factura no corresponde. El proveedor la anula con una nota de crédito y, si hace falta, emite una nueva.

Qué pasa si no respondés a tiempo

Según la resolución, si la factura no está cubierta por un beneficio fiscal (como una exoneración) y no la confirmás dentro del plazo, se presume que la aceptaste totalmente, y pasa a formar parte de lo que incide en tus declaraciones.

Eso tiene una consecuencia práctica: si la factura venía mal, por un monto que no era o una compra que no hiciste, perdiste la oportunidad de rechazarla, y para Hacienda cuenta como una compra tuya tal como vino.

Por eso la recomendación es simple: revisá y respondé todas las facturas recibidas cada mes, aunque estén bien.

Una revisión más: que Hacienda haya aceptado la factura

Hay una segunda validación que no depende de vos. Cuando tu proveedor envía la factura, Hacienda la valida y responde con un mensaje de aceptación o de rechazo. El artículo 11 de la misma resolución es claro: las facturas que no tienen ese mensaje de aceptación no pueden usarse como respaldo de créditos fiscales ni como gastos deducibles.

Antes de incluir una compra en tu declaración, confirmá que la factura aparece como aceptada por Hacienda. Si fue rechazada, pedile al proveedor que la corrija y la emita de nuevo.

Rutina mensual recomendada

  1. En los primeros días del mes, revisá la bandeja de comprobantes recibidos del mes anterior, en tu sistema de facturación o en la Oficina Virtual de TRIBU-CR.
  2. Compará cada factura contra la compra real: montos, impuestos y que la compra efectivamente haya ocurrido.
  3. Enviá la aceptación, aceptación parcial o rechazo antes del octavo día hábil.
  4. Verificá que todas las facturas que vas a usar en el IVA estén aceptadas por Hacienda.

Si llevás esto al día, la declaración de IVA del día 15 se arma sobre datos que ya revisaste, y no sobre facturas que nadie miró.


Fuente: Dirección General de Tributación, Resolución MH-DGT-RES-0027-2024, sobre las disposiciones técnicas de los comprobantes electrónicos, artículos 10 y 11.

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